sábado, 21 de octubre de 2017

La labor social es un requisito indispensable para graduarse



PROFESOR OJEDA ROGER POR LAS TIC`S
COORDINADOR DE LA LABOR SOCIAL
U.E.N.B "BICENTENARIO REPUBLICANO"
2017 – 2018


La Labor Social es una actividad humanitaria cuya finalidad de concientizar y sensibilizar al estudiante cursantes de 5to Año de Educación Media General a ponerse en contacto con la realidad social como aprendizaje significativo a favor de las personas necesitadas creando una conciencia social de manera desinteresada.


Realizar labor social es un requisito indispensable para graduarse, el Estado lo convirtió en un obligación por lo que tiene artículos dentro de la ley y varias reglas que les dejamos por aquí para que entiendan cómo funciona esta actividad que todos deben relizar.

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Artículo 135: las obligaciones que correspondan el estado, conforme a esta constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o a las particulares sugun su capacidad. la ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos en que fuera necerario. Quienen aspiren el ejercicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley.


LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE)


Artículo 13.- la responsabilidad social y solidaridad constituyen principios básicos de formación ciudadana de los y las estudiantes en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo.
Resultado de imagen para ley organica de educacion vigente en venezuelaTodo y toda estudiante en instituciones y centros educativos oficiales o privados de los niveles de educación media general y media técnica del subsistema de educación básica, así como del subsistema de educación universitaria y de las diferentes modalidades educativas del Sistema Educativo, una vez culminado el programa de estudio y de acuerdo con sus competencias, debe contribuir con el desarrollo integral de la Nación, mediante la práctica de actividades comunitarias, en concordancia con los principios de responsabilidad social y solidaridad, establecidos en la Ley. Las condiciones para dar cumplimiento al contenido de este artículo serán establecidas en los reglamentos.


REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN

Artículo 27.- Además de los requisitos legales establecidos para la obtención del título de bachiller o de técnico medio (en la nueva LOE: Media General y Media Técnica), se deberá exigir a cada alumno su participación en una actividad que beneficie al respectivo plantel o a la comunidad. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (ahora Ministerio del Poder Popular para la Educación) impartirán las orientaciones necesarias para el cumplimiento de esta disposición.

CIRCULAR 13: 
OTORGAMIENTO DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS: 
LABOR SOCIAL


En el cumplimiento al artículo 27 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación:

La actividad que beneficie al plantel o a la comunidad, podrá ser individual o en grupos y desarrollada durante uno de los años o semestres del nivel de Educación Media, Diversificada y Profesional.

El Director del Plantel designará un docente para coordinar la actividad a realizar por el alumno o grupos de alumnos. Este docente no devengará remuneración adicional alguna por este concepto.

El docente coordinador de la actividad planificará conjuntamente con los alumnos ésta, para garantizar el cumplimiento de la misma.

Si la actividad consiste en la alfabetización, éste se regirá por la Resolución N° 352 del 20 de noviembre de 2002 o cualquier otra disposición del MPPE.

  1. Las actividades que beneficien al plantel o a la comunidad podrán ser entre otras:

  • Conservación, defensa y mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales.

  • Actividades culturales, artísticas, científicas, técnicas o manuales.

  • Salubridad y bienestar social.

  • Educación física, deporte y recreación.

  • Las actividades podrán cumplirse mediante convenios suscritos con instituciones públicas o privadas, las comunidades y otros entes vinculados a la vida local, regional o nacional.

  • El Director del plantel y el coordinador serán los responsables del control, seguimiento y evaluación planificada de la actividad a desarrollar.

  • La Dirección del plantel expedirá constancia del cumplimiento del artículo 27 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación a cada alumno que haya cumplido la actividad.

  • Dado el carácter formativo y pedagógico de la actividad prevista en el artículo 27, esta no podrá ser sustituida en ningún caso, por el aporte económico o material del alumno, padre o representante.



Con base a la lectura realizada, responde las siguientes preguntas:

¿Qué es una Labor Social? Construye tu propio concepto.
Discierna sobre la siguiente premisa: De acuerdo a lo que señala la LOE en su artículo 13 todos (as) los estudiantes “…deben contribuir con el desarrollo integral de la Nación, mediante la práctica de actividades comunitarias…” en este sentido, ¿Consideras que la Labor Social debe ser impuesta por el Estado y/o por las Instituciones Educativas? Argumenta tu respuesta.

CARÁCTER ACADÉMICO DEL SERVICIO SOCIAL

 El carácter Académico del servicio social es una retro alimentación permanente  de la participación de los estudiantes, la del profesorado y personal directivo y administrativo; quienes con autentico sentido de pertenencia, responsabilidad y compromiso social promuevan e impulsan programas  de servicio social que sean el resultado del trabajo académico serio y disciplinado; lo que indudablemente incidirá en la consolidación de la filosofía  del colegio en el cumplimiento efectivo de su función social.


 MISIÓN DEL SERVICIO SOCIAL

 El servicio social cumple con las misiones académico comunitarias:   

El aspecto académico permite completar la formación teórica del estudiante. 
La  relación estudiante comunidad, en su aspecto social representa una actividad de servicio que permite acercarse y apoyar a las comunidades de mayor urgencia social y sensibilizarse ante las necesidades de otros, incorporando en el proceso una serie de valores humanos y sociales que consolidan su formación integral. 





 LINEAMIENTOS GENERALES

 El Proyecto de Servicio social Estudiantil hace parte de los requisitos curriculares para obtener el título de bachiller, por lo tanto, el Proyecto de Servicio Social debe ser aprobado por el Consejo académico y Directivo.

 El Proyecto de Servicio Social busca ser un proyecto integral y continuo que brinde una sistemática y efectiva atención a los grupos poblacionales beneficiarios de este servicio.

 Atenderá prioritariamente necesidades educativas, culturales, recreativas, sociales de aprovechamiento del tiempo  y medio ambiente, identificadas en la comunidad beneficiaria, tales como la promoción, preservación de la salud, educación ambiental, el mejoramiento de espacios, educación ciudadana, la organización de grupos juveniles, preservación de factores de riesgo, recreación dirigida y la práctica de actividades físicas, deportivas e intelectuales.



COORDINADOR DE LA LABOR SOCIAL 
PROF.OJEDA ROGER POR LAS TIC`s
2017/2018









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