Inventario
Por inventario se define al registro documental de los bienes y demás cosas pertenecientes a una persona o comunidad, hecho con orden y precisión.
Con el fin de registrar y controlar los inventarios, las empresas adoptan los sistemas pertinentes para valuar sus existencias de mercancías con el fin de fijar su posible volumen de producción y ventas.

QUE ES UN INVENTARIO Y PARA
QUÉ SIRVE
En términos amplios un inventario es el recuento detallado de los bienes, derechos y deudas que una persona o una entidad poseen a una fecha determinada. Es, en otras palabras, similar a tomar una fotografía del patrimonio. En términos más restringidos o comunes, se aplica a los bienes tangibles e intangibles, registrables o no, que incluyen dinero, propiedades, automotores, mobiliario, créditos y deudas, obras de arte, objetos preciosos, entre otras cosas. En el ámbito eclesial incorporamos a este listado por ejemplo, los objetos de culto y los libros parroquiales.
Este recuento es producto de un trabajo ordenado y exhaustivo, a veces muy laborioso y pesado. La elaboración y correcta gestión de los inventarios es, sin duda, el mejor comienzo para la protección del patrimonio, además de constituirse en un aliado a la hora de contratar una póliza de seguros.
Además de las funciones de conocimiento y preservación del patrimonio o de buena herramienta para un contrato de seguros, el inventario es un muy buen indicador del aumento o disminución de la riqueza al comparar cuál era la situación (bienes más derechos menos deudas) al principio del año con la situación al final: si aumentó será más rico, si disminuyó, más pobre.
El ejemplo, aunque simplificado y sin consideraciones técnicas, es aplicable también a la situación patrimonial de cualquiera de nosotros, en forma personal, respecto de nuestra casa, de nuestra biblioteca, de los objetos coleccionables, de nuestro guardarropa, o de lo que se nos ocurra.
Supongamos que hacemos el inventario de la biblioteca a fin del año. Si estuvo bien hecho debería mostrarnos que libros tenemos, dónde están guardados, por el solo hecho de haberlos contado sabremos en que estado están y si son más o menos que los que había al principio del año, esto último si tuvimos la precaución de practicar el inventario con cierta periodicidad.
Otra razón es que nos permite determinar en que casos es necesaria la licencia de la Santa Sede para proceder a la enajenación de bienes.
En los ejemplos anteriores hablábamos del inventario de los bienes propios, ya sean de una persona o de una empresa. En el ámbito eclesial, en cualquiera de sus estratos (diócesis, parroquias, capillas, colegios parroquiales, etc.) hablamos de bienes de la comunidad.
Y he aquí uno de los primeros y más importantes argumentos para llevar un control minucioso, pero no por eso exagerado, de los bienes que nos toca administrar y cuya propiedad es de otros.
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